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LEY DE 24 DE NOVIEMBRE DE 1947
PABELLON DE TUBERCULOSOS.—A esta obra y a la construcción del Hotel de Coripata, se destina el impuesto sucesorio de Domitila Monje de Gamarra.
ENRIQUE HERTZOG G.
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL H. CONGRESO NACIONAL
DECRETA:
Artículo lo.—Destínase el 70 % del impuesto sobre la sucesión hereditaria de la que fué señora Domitila Monje de Gamarra a la terminación del pabellón de tuberculosos del Hospital General de La Paz y el 30 % para la construcción de un Hotel en la Capital Coripata.
Artículo 2o.—Los fondos destinados al Hospital de Tuberculosos serán administrados por el Comité Administrador de Hospitales y los que correspondan a la construcción del Hotel, por la Sociedad Propietarios de Yungas.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 11 de noviembre de 1947.
M. Urriolagoitia.—A. Landívar Ribera.—-M. Mogro Moreno, Senador Secretario.—N. García Chávez, Senador Secretario.—P. Montaño, Diputado Secretario—A. Camacho Pórcel, Diputado Secretario.
POR TANTO: la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno, en la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cuarenta y siete años.
E. HERTZOG.- C. Guachalla.
TEXTO DE CONSULTA
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