DECRETO LEY Nº 10362
CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
C O N S I D E R A N D O :
Que, es preocupación del Supremo Gobierno preservar a la juventud, por ser el más preciado capital humano, orientándola por los verdaderos cauces del interés nacional;
Que, es necesario cimentar en los jóvenes una mística encaminada a exaltar los valores del pueblo boliviano;
Que, es propósito dar a la juventud participación activa, en la medida de su capacidad, en el conocimiento de la problemática nacional y en la búsqueda de soluciones responsables y efectivas, ajustadas a la realidad boliviana, para el progreso y desarrollo integral de la Nación;
Que, a dichos fines es indispensable contar con un organismo administrativo apropiado, que coordine la participación de las principales instituciones estatales y de orden público relacionadas con la juventud;
EN CONSEJO DE MINISTROS,
D E C R E T A :
ARTÍCULO 1.- Créase la Subsecretaría de Juventudes, dependiente de la Secretaría General de la Presidencia de la República.
ARTÍCULO 2.- La Subsecretaría presentará en el término de 40 días, la reglamentación para su funcionamiento, así como un programa de actividades para la juventud, tanto inmediatas como mediatas, en base a planes elaborados por el Supremo Gobierno.
El señor Ministro Secretario General de la Presidencia de la República, queda en- cargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Ley.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de julio de mil novecientos setenta y dos años.
FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.