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DECRETO SUPREMO Nº 10327

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, en base a las recomendaciones de la Misión de Técnicos Franceses “SOFRE-RAIL”, la Empresa Nacional de Ferrocarriles ha realizado el estudio de una nueva estructura tarifaria adecuada al fomento del desarrollo de la actividad económica del país;

 

Que, el Consejo Nacional de Desarrollo, en su reunión de 16 de mayo del año en curso, mediante Resolución N° 39/72, previos los informes de los Ministerios de Planificación, Finanzas y Transportes y Comunicaciones y luego de un detenido estudio, ha recomendado la aprobación de la nueva estructura de tarifas para ferrocarriles.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se aprueba y autoriza a la Empresa Nacional de Ferrocarriles a poner en vigencia, a partir del 1° de junio del presente año, la nueva estructura tarifaria para el transporte de carga en general, equipajes, encomiendas y minerales en todas sus líneas de la Red Oriental y Red Occidental.

 

El señor Ministro de Transportes y Comunicaciones queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de junio de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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