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DECRETO SUPREMO Nº 10306

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Presupuesto Consolidado del Sector Público, correspondiente a la gestión fiscal de 1972, ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 10284 de 9 de mayo del año en curso;

 

Que, en razón de las bajas remuneraciones que perciben los empleados del Servicio de Correos con relación a las funciones que desarrollan para incrementar los ingresos del Tesoro Nacional, se hace indispensable otorgar un Bono mensual de $b. 100.- en favor de los empleados de la Dirección y Administraciones Centrales; y $b. 40.- en favor de los empleados de provincias;

 

Que, dicha erogación puede ser atendida con cargo a recursos provenientes de la elevación de tarifas postales dispuesta mediante D.S. N° 10185 de fecha 10 de abril de 1972;

 

Que, en consecuencia corresponde aprobar un presupuesto adicional para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones destinado al pago del beneficio mencionado en favor de los empleados del Servicio Nacional de Correos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto adicional del Ministerio de Transportes y Comunicaciones correspondiente a la gestión fiscal vigente, destinado al pago de un Bono a partir del mes de julio del año en curso, en favor de los empleados del Servicio Nacional de Correos, de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

 

Código

 

Fuente

 

Presupuesto

Adicional

1972

 

 

 

 

 

 

I

NACIONALES

 

423.400.-

 

 

 

 

 

 

1.-

Tesoro Nacional

 

423.400.-

 

 

 

 

 

 

 

Total :

 

423.400.-

 

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DEL GASTO:

 

 

Código

 

Descripción

 

Presupuesto

Adicional

1972

 

 

 

 

 

 

100

SERVICIOS PERSONALES

 

423.400.-

 

 

 

 

 

 

110

EMPLEADOS PERMANENTES

 

423.400.-

 

 

 

 

 

 

113

Bonos

 

423.400.-

 

 

 

 

 

 

 

TOTAL :

 

423.400.-

 

 

 

 

 

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciseis días del mes de junio de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguire, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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