DECRETO SUPREMO
SUPLENCIA MINISTERIAL. — El Ministro de Educación reemplazará al de Obras Públicas.
GRAL. CARLOS QUINTANILLA
PRESIDENTE PROVISORIO DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que con asuntos del servicio debe ausentarse al interior del país el señor Ministro de Obras Públicas y Comunicaciones, Gral. Julio de la Vega;
DECRETA:
Art. único. — Mientras dure la ausencia del señor Ministro de Obras Publicas y Comunicaciones, interinamente se hará cargo de dicha Cartera, el señor Ministro de Educación y Asuntos Indigenales, Dr. Bernardo Navajas Trigo.
El señor Ministro de Gobierno, Justicia y Propaganda, queda encargado del cumplimiento del presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de diciembre de mil novecientos treinta y nueve años.
GRAL. C. QUINTANILLA. — Gral. Ramos.