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DECRETO SUPREMO

 

SUPLENCIA MINISTERIAL. — Dispónese la de la Cartera de Educación y Asuntos Indígenas.

 

MINISTERIO DE GOBIERNO

 

GERMAN BUSCH,

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el señor Ministro de Educación, Bellas Artes y Asuntos Indigenales. Dn. Bernardo Navajas Trigo, se ha ausentado al interior de la República en comisión del servicio;

 

DECRETA:

 

Artículo Primero. — Mientras dure la ausencia del titular de la Cartera de Educación, Bellas Artes y Asuntos Indígenales, encomiéndase la atención de su Despacho, con carácter interino, al titular de la Cartera de Hacienda y Estadística, Dr. Dn. Vicente Mendoza López.

 

Artículo Segundo. — Derógase el Decreto Supremo expedido el 7 del actual.

 

El señor Ministro de Gobierno queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de marzo de mil novecientos treinta y nueve años.

 

TCNL. G. BUSCH. — Gabriel Gosálvez.

 

ES CONFORME:

 

Góver Zarate M.,

Oficial Mayor de Gobierno.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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