Pasar al contenido principal
Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 09869

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 09300 de 9 de julio de 1970, se suprimió el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación y por Decreto Supremo Nº 09621 de el 28 de marzo del presente año se dispuso que el Ministro de Estado en Despacho de Defensa ejercería el mando unitario de las Fuerzas Armadas en los aspectos político administrativo y técnico-castrense;

 

Que, en la práctica se ha comprobado que es necesario resablecer el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas como organismo de mando, coordinación y dirección de las Fuerzas Armadas en los aspectos técnico-castrenses conforme lo establece la Constitución Política del Estado y la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Restitúyese el Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas de la Nación como el más alto organismo de mando, coordinación y dirección de las Fuerzas Armadas de la Nación.

 

ARTÍCULO 2.- La organización y funcionamiento del Comando en Jefe de las Fuerzas Armadas, se sujetará a lo dispuesto por la Ley Orgánica de las Fuerzas Armadas y a la reglamentación interna de este organismo.

 

ARTÍCULO 3.- Quedan derogadas todas las disposiciones contrarias al presente Decreto Supremo.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un día del mes de septiembre de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Gutiérrez Gutiérrez, Jaime Florentino Mendieta, Edwin Rodríguez Aguirre, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suárez, Raúl Lema Peláez, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|




Nuestras Publicaciones




     
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Contáctanos: info_gob@gacetaoficialdebolivia.gob.bo
Derechos Reservados © 2025
Teléfono: (591-2) 2147937
Dirección: Calle Mercado Nº 1121, Edificio Guerrero - Planta Baja