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DECRETO SUPREMO N° 08538

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que para la celebración del IV Centenario de la fundación de Cochabamba se proyecta dotar a esta ciudad, entre otras obras, de un jardín botánico en la unidad vecinal de La Muyurina.

 

Que para tal finalidad se necesita el financiamiento de recursos especiales, a los que está obligado el Estado por tratarse de una obra de indiscutible beneficio para el progreso de Cochabamba y de aporte para quienes se dedican a estudios botánicos.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Destínase el monto total del impuesto a la sucesión del que fue Moisés Asbún Q. a las obras del jardín botánico de Cochabamba.

 

ARTÍCULO 2.- La inversión de tales fondos estará a cargo de personeros de la Alcaldía Municipal de Cochabamba y un representante del Centro de Amigos y Propulsores del Jardín Botánico, con intervención de la Contraloría de aquel Departamento.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Cap. David Fernándze V., Gral. Enrique Gallardo B., Rolando Pardo Rojas, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Gral. Hugo Suárez Guzmán, Alberto Larrea Humérez, René Baldivieso, Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Víctor Hoz de Vila.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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