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DECRETO SUPREMO Nº 05974

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Que por ley de fecha 12 de los corrientes se ha creado la Administración Boliviana de Obras Sanitarias (ABOS), y por tanto se hace necesario proceder a su organización, a objeto de iniciar el desenvolvimiento de la nueva institución.

 

Que por disposición del Art. 9° de la referida ley, corresponde al Consejo de Ministros elegir al Vicepresidente y Gerente de la citada institución, de las ternas que a este efecto presentara el Ministerio de Salud Pública.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnase Vicepresidente Ejecutivo y Gerente de la Administración Boliviana de Obras Sanitarias (ABOS) a los siguientes ciudadanos: Heriberto Centelas Maldonado y Enrique Llanos Llanos, respectivamente.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos sesenta y dos años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Guillermo Jáuregui, José Antonio Arze, Mario V. Guzmán Galarza, Raúl Pérez Alcalá, Simón Cuentas, Roberto Jordán Pando, Alfonso Gumucio Reyes, F. Ayala Requena, Augusto Cuadros Sánchez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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