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DECRETO SUPREMO N° 09271

D.G.R. N° 338

GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, por Decreto Decreto Supremo N° 08987 de 7 de noviembre de 1969 el Gobierno Revolucionario ha determinado que todos los bienes de la sucesión “Rosa Agramont” sean incorporados al Patrimonio del Estado, con la finalidad de ser uti1izados en beneficio de la colectividad, habiéndose creado con ese motivo la “Fundación Rosa Agramont”, bajo la tuición y responsabilidad del Ministerio de Educación y otros Portafolios de Estado;

 

Que, dentro de esos bienes, se encuentra un inmueble ubicado en la calle Rosendo Gutiérrez final, ocupado actualmente por particulares;

 

Que, el Ministerio del interior por la naturaleza de sus funciones posee en su servicio varios motorizados, que requieren de un local adecuado para su guarda y mantenimiento.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- A partir de la fecha pasa a poder del Ministerio del Interior el inmueble de la “Fundación Rosa Agramont” ubicado en la calle Rosendo Gutierrez N° 1000 entre la calle Zapata y la Sub-Central de Energía Eléctrica, con destino a la instalación de la Posta del servicio de transportes del citado Portafolio.

 

Los señores Ministros del Interior, de Educación y Cultura, quedan encargados de 1a ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de mayo de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Edgar Camacho Omiste, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Mariano Baptista Gumucio, Oscar Bonifaz Gutiérrez, Jaime Paz Soldán Pol, León Kolle Cueto, Edmundo Valencia Ibañez, Alberto Bailey Gutiérrez, Rolando Aguilera Pareja, Samuel Gallardo Lozada, Javier Ossio Quezada, José Ortíz Mercado, Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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