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DECRETO SUPREMO N° 08698

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Ministerio de Hacienda mecanizó el procesamiento y tabulación de datos para lo que fue autorizado a adquirir un equipo convencional I.B.M.

 

Que el equipo perteneciente al Ministerio de Hacienda ha resultado insuficiente en la práctica para cumplir las labores programadas.

 

Que los planes de Fiscalización de impuestos así como también los referentes a presupuestación y ejecución presupuestaria, muestran la urgente necesidad de ampliar su equipo actual.

 

Que es necesario efectuar una valuación previa de los efectos que ocasionarán disposiciones impositivas y arancelarias, tanto en la economía de los consumidores como en el capítulo de ingresos del Estado.

 

Que es de urgente necesidad contar con la información adecuada y oportuna que permita orientar la substitución de importaciones mediante disposiciones que incentiven el establecimiento de plantas industriales.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Se autoriza al Ministerio de Hacienda a suscribir un contrato paar el estudio y ampliación de su equipo de procesamiento de datos con la incorporación de elementos que le permitan cumplir sus planes de fiscalización de ingresos y egresos.

 

ARTÍCULO 2.- El Ministerio de Hacienda designará el personal que tendrá a su cargo el estudio del proyecto para su adecuada implementación.

 

ARTÍCULO 3.- Los gastos de implementación, instalación y obtención del equipo se imputarán a la Cuenta 250- 253- Alquileres de otras maquinarias y equipos de Min. Hacienda, del Presupuesto General de la Nación.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, Enrique Gallardo, Jorge Jordán Ferrufino, Gustavo Méndez Torrico, Jaime Rojas Muñoz, Mario Quintela Vaca Diez, Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardío, Alvaro Torrico, Dante Pavisich, Walter Morales Aguilar.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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