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DECRETO SUPREMO Nº 05926

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Y

GRAN MAESTRE DE LA ORDEN DEL “CÓNDOR DE LOS ANDES”

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Supremo de 18 de abril de 1925, creó la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes” para reconocer servicios prestados a la Nación por ciudadanos extranjeros.

 

Que el notable artista don Hans Blindhuber, Profesor de Dibujo y Pintura del Colegio Alemán “Mariscal Braun” y Catedrático de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Mayor de San Andrés, ha permanecido en Bolivia más de diez años, enseñando todas las técnicas del Dibujo y la Pintura, elevando notablemente el nivel artístico y cultural de la juventud boliviana que estudió bajo su dirección.

 

Que a su vez, el señor Günther Lindner, Doctor en Filosofía y Pedagogía y actual Director del Colegio Alemán “Mariscal Braun”, ha contribuído eficazmente al notable progreso alcanzado por ese plantel educacional con su eficiente, tesonera y paciente labor educativa.

 

Que ambos Profesores, sobre la base de principios de moral han desarrollado una amplia labor pedagógica, demostrando sincero cariño a Bolivia, haciéndose por lo tanto merecedores a una distinción especial de la República.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Confiérese la Condecoración del “Cóndor de los Andes” en el Grado de CABALLERO a los señores Hans Blindhunber y Günther Lindner.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho da Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y un años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Eduardo Arze Quiroga.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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