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DECRETO SUPREMO Nº 05919

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA Y

GRAN MAESTRE DE LA ORDEN DEL CÓNDOR DE LOS ANDES

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Decretos Supremos de 29 de octubre de 1929 y 17 de julio de 1947, disponen que la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes”, creada por Decreto Supremo de 18 de abril de 1925, puede ser otorgada a ciudadanos bolivianos que hayan prestado servicios a la República y contribuído a su constante progreso.

 

Que el Gobierno de la Revolución Nacional, como máximo intérprete de la voluntad popular, debe premiar a los ciudadanos que se han distinguido por su alto sentido de patriotismo.

 

Que el señor don David Meleán Vargas, ha contribuido en forma desinteresada durante 25 años a la educación de los no-videntes de la ciudad de Potosí, realizando una fecunda y tesonera labor pedagógica en las funciones de Fundador y Director de la Escuela Hogar para Ciegos “Wenceslao Alba”, haciéndose por lo tanto merecedor una distinción especial de la República.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Confiérese la Condecoración de la Orden del “Cóndor de los Andes”, en el grado de CABALLERO, al señor don David Meleán Vargas.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y un años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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