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LEY N° 1736
LEY DE 27 DE MAYO DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, a la Festividad "Nuestra Señora de la Candelaria de Copacabana", que se desarrolla en el Municipio de Copacabana de la Provincia Manco Kapac del Departamento de La Paz.
II. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía, en coordinación con el Gobierno Autónomo Municipal de Copacabana y el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz, en el marco de sus competencias, quedan encargados de la protección, promoción, difusión y salvaguarda de la Festividad "Nuestra Señora de la Candelaria de Copacabana".
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
Fdo. Diego E. M. Ávila Navajas, Daniela Cabrera Guillen, Yasmin Estivariz Villarroel, Mario Lima Paz, Julio Diego Romaña Galindo, Jose Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, José Luis Lupo Flores, Cinthya Yáñez Eid.
TEXTO DE CONSULTA
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