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Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 1729
LEY DE 08 DE MAYO DE 2026

RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO 1. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia a las danzas de la Región Chaqueña: "La Chacarera", "La Cueca", "El Triunfo", "El Gato" y "El Escondido", con su música y vestimenta, expresadas en sus coreografías tradicionales, autóctonas y estilizadas, por constituirse en manifestaciones de su identidad cultural.

ARTÍCULO 2. Se establece el 12 de agosto como "Día Nacional de las Danzas Chaqueñas", en conmemoración a la creación de la Provincia Gran Chaco, hoy Región Autónoma del Gran Chaco, y se celebrará en todo el territorio boliviano.

ARTÍCULO 3. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Turismo Sostenible, Cultura, Folklore y Gastronomía, en coordinación con el Gobierno Autónomo Regional del Gran Chaco y las entidades territoriales autónomas correspondientes, en el marco de sus competencias y atribuciones, quedan encargados de formular políticas de protección, promoción, recuperación y salvaguardia de las danzas chaqueñas, con su música y vestimenta.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los catorce días del mes de abril del año dos mil veintiséis.

Fdo. Diego E. M. Ávila Navajas, Roberto Julio Castro Salazar, Yasmin Estivariz Villarroel, Mario Lima Paz, Julio Diego Romaña Galindo, Glenda M. Aguilera Padilla.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los ocho días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.

Fdo. Rodrigo Paz Pereira, José Luis Lupo Flores, Cinthya Martha Yáñez Eid.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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