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LEY N° 1726
LEY DE 07 DE MAYO DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. Se declara interés público y prioridad nacional, la gestión del financiamiento para la construcción del puente sobre el Rio Mamoré y sus accesos, ubicado a 18 kilómetros al Oeste de la ciudad de Trinidad, entre los límites de las Provincias Moxos y Cercado del Departamento del Beni.
II. El Órgano Ejecutivo a través Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, y la Administradora Boliviana de Carreteras - ABC, coordinará con las entidades territoriales autónomas del Departamento del Beni, las gestiones para garantizar el financiamiento de la construcción del puente sobre el Rio Mamoré y sus accesos.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintidós días del mes de abril del año dos mil veintiséis.
Fdo. Diego Esteban Mateo Ávila Navajas, Daniela Cabrera Guillén, Yasmin Estivariz Villarroel, Julio Diego Romaña Galindo, José Maldonado Gemio, Glenda M. Aguilera Padilla.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, José Luis Lupo Flores, Mauricio Zamora Liebers, José Fernando Romero Pinto.
TEXTO DE CONSULTA
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