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DECRETO SUPREMO N° 15641

GRAL. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, la República de Bolivia, mediante Decreto Ley N° 09539 de 6 de enero de 1971, se adhirió al "Convenio entre los Estados Unidos y otros Gobiernos sobre infracciones y ciertos otros actos cometidos a bordo de las aeronaves", suscrito en Tokio el 14 de septiembre de 1963;

 

Que, es necesario y de interés para el país proceder a la ratificación del mencionado Convenio;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1°.- Ratifícase la adhesión de Bolivia al mencionado Convenio.

 

ARTÍCULO 2°.- El Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Bolivia ante el Gobierno de los Estados Unidos, depositará el correspondiente instrumento de ratificación a la brevedad posible.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Relaciones Exteriores y Culto queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo,

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de julio de mil novecientos setenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. HUGO BANZER SUAREZ, Oscar Adriázola Valda, Guillermo Jiménez Gallo, Hugo Bretel Barba, Juan Lechín Suárez, David Blanco Zabala, Fadrique Muñoz Reyes, Carlos Rodrigo Lea Plaza, Jaime Niño de Guzmán Quiroz, Ernesto Camacho Hurtado, Alberto Natusch Busch, Luis Cordero Montellano, Guido Vildoso Calderón, Fernando Guillén Monje.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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