TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

LEY N° 1624
LEY DE 28 DE MARZO DE 2025

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni, ubicado en la Avenida Arce, Zona Villa Santiaguito del Municipio de Huanuni, Provincia Pantaleón Dalence del Departamento de Oruro, con una superficie de 14.375,20 metros cuadrados (m2), registrado en oficinas de Derechos Reales de Oruro, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 4.07.1.01.0001082, cuyas colindancias son: al Norte con Río Huanuni,  mide 211,40 m.; al sur con Avenida Arce, mide 211,40 m.; al Este con Calle "M" mide 68,00 m.; y al Oeste con Lote Baldío mide 68,00 m.; a favor de la Policía Boliviana, con destino exclusivo para el funcionamiento de la Facultad Técnica Superior de Ciencias Policiales de Huanuni (FATESCIPOL), de conformidad a la Ley Autonómica Municipal N° 153, de 24 de julio de 2023 y Ley Municipal N° 124/2020, de 16 octubre de 2020, promulgadas por el Gobierno Autónomo Municipal de Huanuni.

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiséis días del mes de febrero del año dos mil veinticinco.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Omar Al Yabhat Yujra Santos, Roberto Padilla Bedoya, Delfor Germán Burgos Aguirre, Claudia Elena Egüez Algarañaz, Oscar Charles Michel Flores.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de marzo del año dos mil veinticinco.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|