TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO N° 08158

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto Supremo No. 08133, de 30 de octubre de 1967 se concedió a la Compañía Boliviana de Tabacos de la ciudad de Sucre una moratoria de tres años para el pago de los timbres que usará en su producción de cigarrillos de tabaco negro nacional;

 

Que por error de máquina el art. 1° del indicado Decreto concedió la moratoria de referencia hasta la cantidad de 800 jabas anuales en lugar de jabas mensuales, como debió haberse especificado, correspondiendo por tanto la rectificación respectiva.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Corríjese en la siguiente forma el tenor con que fue publicado el artículo 1º del Decreto Supremo No. 08133, de 30 de octubre de 1967:

 

“Se concede a la Compañía Boliviana de Tabacos de la ciudad de Sucre una moratoria de tres años para el pago de los timbres que usarán en su producción de cigarrillos de tabaco negro nacional, hasta la cantidad de 800 (ochocientas) jabas mensuales. La moratoria surtirá efectos a partir de la fecha del presente Decreto Supremo y los impuestos acumulados se pagarán en cuotas mensuales durante los tres años posteriores a la moratoria, sin devengar intereses”.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Hacienda, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y siete años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Antonio Arguedas, Daniel Salamanca, Mario Rolón Anaya, Rolando Pardo R., Hugo Zárate B., Lucio Paz Rivero, Luis Zurita, Roberto Prudencio, Bruno Boehme, Marcelo Galindo de U.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|