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LEY Nº 3984

LEY DE 11 DE DICIEMBRE DE 2008

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo Único. Rindiendo justo homenaje a los “Colorados de Bolivia”, caídos en la Batalla del Alto de la Alianza, durante la injusta guerra del Pacífico de 1879 – 1880, se dispone que cada 26 de mayo las embajadas, consulados, Fuerzas Armadas, centros educativos, entidades públicas y privadas, efectúen un solemne acto de homenaje con el respectivo enbanderamiento en todo el territorio nacional.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los veinte días del mes de noviembre de dos mil ocho años.

 

Fdo. José Villavicencio Amuruz,. Edmundo Novillo Aguilar, Fernando Rodríguez Calvo, Fredy Omar Fernández Q., Heriberto Lázaro Barcaya, Peter Maldonado Bakovic.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los once días del mes de diciembre de dos mil ocho años.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Walker Sixto San Miguel Rodríguez, Roberto I. Aguilar Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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