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DECRETO PRESIDENCIAL Nº 29351

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad a lo establecido por el Artículo 99 de la Constitución Política del Estado, es atribución privativa del Presidente de la República nombrar o remover Ministros de Estado mediante Decreto Presidencial.

 

Que la organización del Poder Ejecutivo constituye un proceso dinámico, de ajustes y adecuaciones que se generan a partir de las políticas a implementarse por parte del Gobierno Nacional; motivo por el cual,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se dispone la remoción del ciudadano Abel Mamani Marca como MINISTRO DEL AGUA y se deroga parcialmente el Parágrafo I (Ministro del Agua) del Artículo Único del Decreto Presidencial N° 29015 de 23 de enero de 2007.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintisiete días del mes de noviembre del año dos mil siete.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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