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DECRETO LEY Nº 07758

GENERAL DE EJERCITO ALFREDO

OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que el presupuesto Nacional para 1966 aprobado mediante D.S. No 07569 de 31 de marzo de 1966 no ha concluido los déficits presupuestarios de determinados organismos descentralizados.

 

Que se hace necesario determinar el financiamiento de los déficits de referencia por parte del Ministerio de Hacienda, disponiéndose asimismo, el esfuerzo de algunas partidas de egresos de Presupuesto de Gobierno Central.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el siguiente Presupuesto Adicional para su vigencia en la gestión 1966:

 

I N G R E S O S:

 

 

Ingresos por Ejecución Presupuestaria

$b. 7.360.000.-

 

Ingresos Eventuales y Extraordinarios

” 53.100.000.-

3.

Compensación por Regalías Mineras

” 4.800.000.-

4.

Mayores ingresos de la Renta Interna

” 20.740.000.-

 

Total ingresos

$b. 66.000.000.-

EGRESOS:

Para cubrir déficits de organismos y Empresas Descentralizadas:

 

1. Lloyd Aéreo Boliviano (Ministerio de Comunicaciones).......

$b. 10.000.000.-

2. Ferrocarriles del Estado (Ministerio de Obras Públicas ):

 

Empresa Nacional de Ferrorriles……... $b. l0.415.309.03

 

Ferrocarril Corumbá - Santa Cruz…….. “ 3.510.000.-

 

Superintendencia FF.CC. en construcción

(Mantenimiento del Ferrocarril Mizque - Aiquile

“ 2.036.000.-

 

 

$b. 15.963.309.03

3. Corporación Boliviana de Fomento (Ministerio de

Hacienda)………………………………………………..

 

” 11.000.000.-

4. Caja Nacional de Seguridad Social (Ministerio

del Trabajo)………………………………………………

 

” 3.600.000.-

5. Pago a Yacimientos Petrolíferos Fiscales Bolivianos

(exportación dé hidrocarburos por 1965) Ministerio

de Hacienda) …………………………………………….

 

 

” 3.239.000.-

6. Refuerzo al Presupuesto del Ministerio de Hacienda….....

” 16.859.690.97

7. Refuerzo al Presupuesto de la Presidencia de la

República …………………………………………….......

” 1.000.000.-

8. Refuerzo al Presupuesto del Consejo Nacional de

Reforma Agraria…………………………………………

 

” 20.000.-

9. Refuerzo al Presupuesto de la Dirección Nacional de

Cooperativas…………………………………………........

 

” 18.000.-

10. Refuerzo al Presupuesto de la Contraloría General de la

Republica…………………………………………………

 

” 30.000.-

11. Refuerzo al Presupuesto del Servicio Nacional Electoral

” 186.000.-

12. Refuerzo al Presupuesto del Ministerio de Gobierno

” 4.000.000.-

13. Refuerzo al Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores…………………………………………….......

 

” 84.000.-

Total Egresos…………………………………………………...

 

$b. 66.000.000

 

El señor Ministro de Hacienda queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un días del mes de agosto de mil novecientos sesenta y seis años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Oscar Quiroga T., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Sigfredo Montero V., Tcnl. René Bernal E., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Juan Lechín S., Cnl. José Carrasco R., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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