TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Microsoft Word - 7.doc

LEY Nº 8

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1.- Se disuelve el Comité Impulsor de Obras Hidráulicas y de Saneamiento de la ciudad de Sucre, creado por Resolución Suprema Nº 075471 de 18 de noviembre de 1957.

 

Artículo 2.- La Alcaldía Municipal de Chuquisaca, asumirá las funciones que fueron encomendadas a dicho Comité y tomará posesión de la totalidad de sus bienes.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 15 de septiembre de 1960.

 

Fdo. Juan Lechín O., Presidente del H. Senado Nacional, Egberto Ergueta Q., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Julio Calvo C., Senador Secretario, Francisco Morales P., Senador Secretario, Guillermo Muñoz de la Barra, Diputado Secretario, Mario Roncal A., Diputado Secretario.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. E. Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|