TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 125

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Créase el cantón Huacanape en la provincia Sajama del departamento de Oruro, el mismo que limita al norte con las comunidades Collana y Aparu del cantón Totora, al sur con la comunidad Pachacama del mismo cantón, al este con el cantón Huayllamarca y al oeste con el cantón Turco y la comunidad Collana de Totora.

 

Artículo 2. El Instituto Geográfico Militar practicará la delimitación correspondiente conforme a disposiciones legales.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 23 de noviembre de 1961.

 

Fdo. Alberto Lavadenz, Presidente del H. Senado Nacional, E. Sandoval Morón, Presidente de la Cámara de Diputados, Ciro Humboldt, Senador Secretario, Julio Calvo, Senador Secretario, Jorge Canedo, Diputado Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretario.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y un años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. Eduardo Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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