LEY Nº 133
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Autorízase a la Alcaldía Municipal de Portachuelo, capital de la provincia El Sara, departamento de Santa Cruz, a vender en pública subasta el inmueble de su propiedad situado sobre la calle Warnes, con una superficie total de 504.30 M2.
Artículo 2. Los fondos provenientes de dicha subasta serán destinados a cubrir el presupuesto de construcción del mercado público de dicha localidad.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 7 de diciembre de 1961.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Edil Sandoval M., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Francisco Morales, Senador Secretario, Ciro Humboldt, Senador Secretario, Alfredo Aguirre, Diputado Secretarioñ, Jorge Canedo, Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Cnl. Eduardo Rivas Ugalde, Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración.