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LEY Nº 135

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Se declara de necesidad y utilidad pública la expropiación de los terrenos de propiedad de los esposos Luis Arze y Quintilia Arze de Arze, ubicados en Tarata, capital de la provincia Esteban Arze del departamento de Cochabamba, con destino a la construcción del local de la escuela “Esteban Arze”.

 

Artículo 2. Los límites de los terrenos son: al Norte con las propiedades de la Empresa del F.C. Cochabamba Santa Cruz y de la Sra. Manuela Cardona; al Sud y Oeste con calles denominadas y al Este con el río Calicanto.

 

Artículo 3. La Prefectura del Departamento seguirá el trámite de expropiación de acuerdo a disposiciones legales en vigencia.

 

Artículo 4. Los fondos que se requieran para la expropiación a que hace referencia la presente ley, serán imputados al presupuesto del Ministerio de Educación en la gestión de 1962.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 12 de diciembre de 1961.

 

Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, E. Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fernando Ayala R., Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Abdón Ugarte P., Diputado Secretario, Jorge Canedo, Diputado Secretario.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República

 

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diez y nueve días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, José Fellman Velarde, Ministro de Educación y Bellas Artes.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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