LEY Nº 138
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
Artículo 1. Destínase para la construcción del Internado de la Facultad de Ciencias Agronómicas de la Universidad de “San Simón”, de Cochabamba, 4 hectáreas de terreno de la granja experimental “La Tamborada”.
Artículo 2. La delimitación respectiva la realizará el Ministerio de Agricultura.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 14 de diciembre de 1961.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, E. Sandoval Morón, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Fernando Ayala R., Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Jorge Canedo, Diputado Secretario, Abdón Ugarte P., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Raúl Pérez Alcalá, Ministro de Agricultura, Ganadería y Colonización.