LEY NUMERO 186
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. El inmueble a que se refiere la Ley de 18 de Noviembre de 1960, corresponde al marcado con el No. 1184 (antes 356) de la calle “Bustillo”, de la ciudad de Potosí, propio de los esposos Mamerta de Zárate y José Zárate.
Comuníques al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 15 de octubre de 1962.
Fdo. Federico Fortún S., Presidente del H. Senado Nacional, Jorge Flores A., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Eduardo Ochoa Senador Secretario, Humberto Valverde G., Senador Secretario, Stanley Gamberos, Diputado Secretario, Hugo Suárez G., Diputado Secretario.
Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y dos años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Mario V., Guzmán Galarza, Ministro de Educación y Bellas Artes.