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LEY Nº 282

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL CONGRESO NACIONAL,

DECRETA:

 

Artículo 1. Declárase monumento nacional la iglesia católica San Luis de Sacaca, construída en la época del coloniaje en Sacaca, capital de la provincia Alonso de Ibáñez del departamento de Potosí.

 

Artículo 2. El Poder Ejecutivo fijará en el presupuesto de la gestión 1964 las partidas necesarias.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 28 de noviembre de 1963.

 

Fdo. José Hugo Villar, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Ismael Olivares, Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Germán Claros C., Diputado Secretario, Jesús Suárez, Diputado Secretario.

 

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno en la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y tres años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Ciro Humboldt Barrero, Ministro de Educación y Bellas Artes.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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