LEY Nº 297
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo 1. Exprópiase por utilidad y necesidad pública la casa No. 220 de la calle Bustillo, en la ciudad de Sucre, propia de la señora Dominga de Irahola, para la ampliación del local del Colegio Alemán.
Artículo 2. El valor del inmueble expropiado cancelará el Colegio Alemán de la misma ciudad.
Artículo 3. La expropiación estará a cargo de la Prefectura del Departamento de Chuquisaca, con las formalidades de ley.
Comuníquese al Poder Ejecutivo, para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 19 de diciembre de 1963.
Fdo. José Hugo Vilar, Presidente del H. Senado Nacional, Juan Sanjinés O., Presidente de la H. Cámara de Diputados, Carmelo Cuéllar J., Senador Secretario, Octavio Rivadeneira, Senador Secretario, Alfredo Aguirre B., Diputado Secretario, Edmundo Baldivia B., Diputado Secretario.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de enero de mil novecientos sesenta y cuatro años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Ciro Humboldt B., Ministro de Educación y Bellas Artes.