TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 457

 

RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL H. CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo 1.- Reinstálase el Juzgado de Partido en la Villa de Betanzos, capital de la primera sección de la provincia Cornelio Saavedra del departamento de Potosí.

 

Artículo 2.- La Excma. Corte Suprema de Justicia, consignará los ítems correspondientes en el presupuesto del Poder Judicial, a partir de la gestión económica de 1969.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 16 de diciembre de 1968.

 

Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Cámara de Senadores, Oscar Ortíz Avaroma, Senador Secretario, Germán Vargas Martínez, Diputado Secretario, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Mario Olaguivel Cassón, Senador Secretario, Alfredo Calvo Vera, Diputado Secretario.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de enero de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Presidente Constitucional de La República, Cap. David Fernández, Ministro de Gobierno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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