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LEY N° 447

 

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

DECRETA:

 

Artículo Único. Ratifícase el Tratado de Amistad entre la República de Bolivia y la República de China, firmado en La Paz el 29 de julio de 1966, entre el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto de Bolivia Coronel DEM. Joaquín Zenteno Anaya y el Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República de China, señor Mih Sih Tsung.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 12 de diciembre de 1968.

 

Fdo. Dr. Luis Adolfo Siles Salinas, Presidente del H. Congreso Nacional, Manfredo Kempff Mercado, Presidente del H. Senado Nacional, Franz Ondarza Linares, Presidente de la H. Cámara de Diputados, Oscar Ortíz Avaroma, Congresal Senador Secretario, Mario Olaguivel Cassón, Congresal Senador Secretario Germán Vargas Martínez, Congresal Diputado Secretario, Wálter Morales Aguilar, Congresal Diputado Secretario.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FDO. RENE BARRIENTOS ORTUÑO.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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