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LEY Nº 518

LEY DE 9 DE MAYO DE 1980

 

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTA CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL H. CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA :

 

Artículo Primero.- Créase el cantón Kerani de la provincia los Andes del departamento de La Paz, cuyos límites son: al norte, con Coromata; al sur, con Huancuyo y Antacollo, al este, con Jaylliguaya y Chachacomani; y, al oeste, con Coromata Medio.

 

Artículo Segundo.- El Instituto Geográfico Militar, de conformidad al artículo 6º del Decreto Supremo de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones del cantón Kerani, levantar el plano correspondiente y fijar los hitos respectivos.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.

 

Sala de Sesiones del H. Congreso Nacional.

 

La Paz, 21 de abril de 1980.

 

Fdo. Dr. Wálter Guevara Arze, Presidente del Honorable Senado Nacional, Dr. José Zegarra Cerruto, Presidente de la Honorable Camara de Diputados, H. Benjamín Miguel H., Senador Secretario, H. Luís Añez Alvarez, Senador Secretario, H. Jorje Alderete R. Diputado secretario, H. Jaime Villegas D., Diputado Secretario

 

POR TANTO:

 

La promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de mayo de mil novecientos ochenta años.

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Presidenta Constitucional Interina de la República, Antonio Arnez Camacho, Ministro del Interior, Migracion y Justicia

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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