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LEY N°. 1132

LEY DE 19 DE ENERO DE 1990

 

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el H. Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL CONGRESO NACIONAL

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO ÚNICO. Se aprueba el Convenio sobre "Fomento y Protección a las Inversiones de Capital", suscrito entre la República de Bolivia con el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional

 

La Paz, 11 de enero de 1990

 

Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, José Luis Carvajal Palma, José Taboada Calderón de la B., Enrique Toro Tejada, Carlos Eduardo García Suárez.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de enero de mil novecientos noventa años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, David Blanco Zabala, Carlos Iturralde Ballivián, Enrique García Rodríguez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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