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LEY No.- 1156

LEY DE 21 DE MAYO DE 1990

 

JAIME PAZ ZAMORA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo Único. De conformidad con el artículo 59, atribución 12, de la Constitución Política del Estado, se aprueba y ratifica el Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio GATT, cuyo Protocolo de Adhesión fue signado por Bolivia en fecha 4 de agosto de 1.989.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciseis días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.

 

Fdo. Gonzalo Valda Cárdenas, Fernando Kieffer Guzmán, Leopoldo Fernández Ferreira, José Taboada Calderón de la B., Luís Morgan Lopéz Baspineiro, Enrique Toro Tejada.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiún días del mes de mayo de mil novecientos noventa años.

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Javier Murillo de la Rocha, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. i.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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