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LEY N° 1926
LEY DE 2 DE DICIEMBRE DE 1998
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, Ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- De conformidad con el artículo 59, atribución 5ª de la Constitución Política del Estado, apruébase el Contrato de Préstamo No. 1019/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 13 de noviembre de 1998, en la ciudad de Washington D. C., por la suma de hasta CINCUENTA MULLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($us. 50.000.000.-) destinados a financiar el PROGRAMA DE AJUSTE FISCAL Y MANTENIMIENTO DEL GASTO SOCIAL, a ser ejecutado por el Ministerio de Hacienda en coordinación con el Ministerio de la Presidencia, Ministerio de Educación, Cultura y Deportes y Ministerio de Salud y Previsión Social.
Pase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho años.
Fdo. Walter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Rubén E. Poma Rojas, Gonzalo Molina Ossio, Luis Llerena Gamez, Franz Rivero Valda.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de noviembre de mil novecientos noventa y ocho años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Tito Hoz de Vila Q., Guillermo Cuentas Yáñez.
TEXTO DE CONSULTA
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