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LEY N° 1947
LEY DE 18 DE MARZO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A :
Artículo Único.- De conformidad con el Artículo 59, Atribución 5a de la Constitución Política del Estado, apruébase y ratifícase el Contrato de Préstamo N° 1020/SF-BO, suscrito entre la República de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), el 13 de noviembre de 1998, en la ciudad de Washington D.C. por la suma de hasta TREINTA Y CINCO MILLONES 00/100 DOLARES AMERICANOS ($US. 35.000.000.-), destinados a financiar el PROGRAMA DE APOYO INTEGRAL A LA PEQUEÑA Y MICROEMPRESA a ser ejecutado por el Servicio de Asistencia Técnica, institución bajo tuición del Ministerio de Desarrollo Económico, el Viceministro de Microempresa y Nacional Financiera Boliviana S.A.M..
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Roger Pinto Molina, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de marzo de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Javier Murillo de la Rocha, Carlos Iturralde Ballivián, Herbert Müller Costas, Jorge Pacheco Franco, Leopoldo López Cossio.
TEXTO DE CONSULTA
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