LEY Nº 1982
LEY DE 17 DE JUNIO DE 1999
HUGO BANZER SUAREZ
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO PRIMERO.- Se excluye de los alcances de la Ley 1544 de 21 de marzo de 1994, a la Empresa Metalúrgica Vinto.
ARTICULO SEGUNDO.- El Poder Ejecutivo determinará las estrategias y mecanismos para la transferencia de la Empresa Metalúrgica Vinto al sector privado.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines Constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve años.
Fdo. Wálter Guiteras Denis, Hugo Carvajal Donoso, Gonzalo Molina Ossio, Edgar Lazo Loayza, Franz Rivero Valda, Luis Llerena Gamez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de junio de mil novecientos noventa y nueve años.
FDO. HUGO BANZER SUAREZ, Carlos Iturralde Ballivián, Jorge Pacheco Franco, Jorge Crespo Velasco.