LEY Nº 1311
LEY DE 19 DE FEBRERO DE 1992
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
D E C R E T A:
ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase de necesidad y prioridad nacional el mejoramiento y asfaltado de la carretera Mataral -Vallegrande, del departamento de Santa Cruz, de acuerdo con los estudios técnicos efectuados por el distrito Nº 5 del Servicio Nacional de Caminos y por construir una vía de proyección multi-departamental para Santa Cruz, Cochabamba y Chuquisaca.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase al Poder Ejecutivo a tramitar ante organismos Internacionales y/o nacionales los recursos suficientes, con destino a los trabajos de mejoramiento y asfaltado de la Carretera Mataral Vallegrande.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Walter Alarcón Rojas, Ramiro Argandoña Valdez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Willy Vargas Vacaflor.