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LEY Nº 1312
LEY DE 25 FEBRERO DE 1992

 

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Declárase de prioridad nacional y utilidad pública, la construcción de la carretera a San Ignacio - Las Petas - San Matías, en el departamento de Santa Cruz .

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Autorízase a la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ), a realizar el trámite de expropiación correspondiente, ante las autoridades competentes.

 

ARTICULO TERCERO.- Autorízase al Poder Ejecutivo y/o a la Corporación Regional de Desarrollo de Santa Cruz (CORDECRUZ), a gestionar el financiamiento necesario, sea de fuente nacional o internacional para el cumplimiento de la presente Ley.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez y nueve días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.

 

Fdo. Leopoldo Fernández Ferreira, Gastón Encinas Valverde, Elena Calderón de Zuleta, Carlos Farah Aquim, Walter Alarcón Rojas, Walter Villagra Romay.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticinco días del mes de febrero de mil novecientos noventa y dos años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, David Blanco Zabala, Willy Vargas Vacaflor.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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