TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

LEY Nº 1391
LEY DE 10 DE DICIEMBRE DE 1992

 

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo Primero. Créase el Cantón LOCUMPAYA en la Jurisdicción de la Provincia Sebastián Pagador del Departamento de Oruro, comprendiendo bajo la nueva jurisdicción a las Comunidades de: PAHUA, PAJRA, VINTO, SAN PEDRO Y LOCUMPAYA.

 

Artículo Segundo. Los límites de la nueva jurisdicción son: al Norte con el cantón Vichaj Lupe de la provincia Sebastian Pagador; al Sud con la provincia Quijarro del Departamento de Potosí; al Este con el Cantón Vichaj Lupe de la Sebastian Pagador del Departamento de Oruro y al Oeste con el Cantón Urmiri de la Provincia Sebastián Pagador – Oruro.

 

Artículo Tercero. El Instituto Geográfico Militar, de acuerdo con el Art. 6to. del D.S. 2282 de 5 de diciembre de 1950, queda encargado de efectuar las delimitaciones, levantar el plano y fijar los hitos respectivos.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.

 

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena C. de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Wálter Alarcón Rojas, Ramiro Argandeña V.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Carlos A. Saavedra Bruno.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|