TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 1404
LEY DE 18 DE DICIEMBRE DE 1992

 

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo Único. Se autoriza al Poder Ejecutivo, la transferencia con carácter gratuito, del inmueble (galpones) de propiedad del Banco Minero de Bolivia ubicado en la Avenida Serrano s/n de la ciudad de Tupiza, capital de la provincia Sud Chichas del departamento de Potosí, en favor del Ministerio de Educación y Cultura, con destino al funcionamiento del Centro Integrado de Educación de Adultos y No Formal JUAN JUSTO ARANO, dependiente de la Dirección Regional de Educación Urbana de Tupiza.

 

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

Sala de sesiones del H. Congreso Nacional

La Paz, 8 de diciembre de 1992.

 

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Carlos Farah Aquim, Elena C. de Zuleta, Wálter Alarcón Rojas, Arturo Liebers B.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos noventa y dos años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Pablo Zegarra Arana, Olga Saavedra de Querejazu, Alvaro Rejas Villarroel.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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