LEY Nº 1345
LEY DE 15 DE SEPTIEMBRE DE 1992
JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad con el artículo 59º, atribución 5ta. de la Constitución Política del Estado, apruébase el Convenio Financiero, suscrito entre la República de Bolivia y la República de Italia en fecha 2 de junio de 1992, por la suma de VEINTE MILLONES DE LIRAS ITALIANAS (Lit. 20.000.000.000.-). destinados a financiar el Proyecto Aeropuerto Cochabamba - 2da. Fase, a ser ejecutado por la Administración de Aeropuertos y Servicios Auxiliares a la Navegación Aérea (AASANA).
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los diez días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos años.
Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Carlos Farah Aquim, Oscar Vargas Molina, Walter Villagra Romay, Ramiro Argandoña Valdéz.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y dos años.
FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Samuel Doria Medina Auza, Jorge Quiroga Ramirez, Carlos Aponte Pinto.