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LEY Nº 1359
LEY DE 15 DE OCTUBRE DE 1992

 

JAIME PAZ ZAMORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

Artículo primero. Autorízase a la Empresa Nacional de Ferrocarriles para que se proceda a la transferencia en calidad de venta de trece (13) viviendas y terrenos de su propiedad ubicados en la Avenida Vásquez y Batallón Loa de la ciudad de La Paz, en favor de ex-trabajadores ferroviarios que han cumplido los requisitos necesarios para merecer esta adjudicación.

 

Artículo segundo. El valor de las viviendas y terrenos respectivos será fijado por la Empresa Nacional de Ferrocarriles, de acuerdo a normas establecidas para el avalúo de inmuebles.

 

Remítase al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.


Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional.

 

La Paz, 7 de octubre de 1992.

 

Fdo. Guillermo Fortún Suárez, Gastón Encinas Valverde, Elena C. de Zuleta, Oscar Vargas Molina, Walter Alarcón Rojas, Walter Villagra Romay.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de octubre de mil novecientos noventa y dos años.

 

FDO. JAIME PAZ ZAMORA, Jorge Quiroga Ramirez, Carlos Aponte Pinto.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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