DECRETO LEY Nº 07580
GENERAL DE EJERCITO ALFREDO
OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA H. JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que, el Plan Bienal de Salud 1965-1966 estableció la necesidad de formular un Plan Decenal de Salud para el período 1966-1975, como componente del Plan de Desarrollo Económico y Social que estableciera la estructura del nivel de Salud y definiera la política de salud en relación a la de desarrollo.
Que la Oficina Sectorial de Planificación en Salud en coordinación con el Ministerio de Planificación y Coordinación ha elaborado el Plan Nacional de Salud 1966-1975 (Primera aproximación) que deberá servir de marco de referencia y modelo normativo de las actividades de salud en el país, como medio para producir mayor capacidad de trabajo y de gastos de consumo y como un final destinado a lograr un mayor bienestar de la comunidad, compatibilizado con los demás sectores económico sociales.
Que es necesario su aprobación de modo que se inicie su ejecución con carácter de experimentación en las unidades sanitarias de Cochabamba y Tarija.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Se aprueba el Plan nacional de Salud 1966-1975 (Primera aproximación), que será incorporado al Plan Nacional de Desarrollo Económico y Social, cuando sea compatibilizado con los demás sectores económicos y sociales y, además deberá ser reajustado periódicamente de acuerdo al proceso de su evaluación.
ARTÍCULO 2.- El Plan Nacional de Salud, servirá de Marco de referencia y modelo normativo de todas las actividades de salud del país. Se ha seleccionado con carácter experimental las áreas comprendidas en las circunscripciones geográficas de las Unidades Sanitarias de Cochabamba y Tarija.
Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Salud Pública y Planificación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es firmado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de abril de mil novecientos sesenta y seis años.
FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Tcnl. Oscar Quiroga T., Cnl. Joaquín Zenteno A., Tcnl. Carlos Alcoreza M., Tcnl. Hugo Banzer S., Cnl. Juan José Torrez G., Cnl. Jaime Berdecio Z., Cnl. Sigfredo Montero V., Rogelio Miranda B., Cnl. Carlos Ardiles I., Cnl. Eduardo Méndez P., Marcelo Galindo de U.