TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

LEY Nº 1709

LEY DE 19 DE SEPTIEMBRE DE 1996

 

GONZALO SANCHEZ DE LOZADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, han sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

DECRETA:

 

ARTICULO 1º.- Elévase a rango de Ley el Decreto Supremo Nº 9814 de 9 de julio de 1971 y declárese de necesidad y utilidad pública la expropiación del lote de terreno ubicado al final de la Avenida Buenos Aires de la ciudad de La Paz, con extensión superficial de 2.050 m2 (Dos millones cincuenta metros cuadrados), cuyos límites son: al Norte con la propiedad de Simón Siñani, al Sud con el Río Korisa (Cotahuma), al Este con la propiedad de Pastor López y al Oeste con la Avenida Buenos Aires, con destino a la construcción de infraestructura educativa, en beneficio de la población infantil de la zona.

 

ARTICULO 2º.- Procédase por la H. Alcaldía Municipal de La Paz a realizar los trámites administrativos correspondientes, previo avalúo de la extensión superficial expropiada y pago de la indemnización al propietario.

 

ARTICULO 3º.- Derógase el artículo segundo del Decreto Supremo Nº 9814 de 9 de julio de 1971.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciséis días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis años.

 

Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Guido Capra Jemio, Imel Copa Velásquez, Ismael Morón Sánchez.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecinueve días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y seis años.

 

FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, José Guillermo Justiniano Sandoval, Freddy Teodovich Ortíz.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|