LEY Nº 1713
LEY DE 10 DE OCTUBRE DE 1996
GONZALO SANCHEZ DE LOZADA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA
Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, han sancionado la siguiente Ley:
EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO UNICO.- De conformidad con el Artículo 59 Atribución 5ta., de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio de Cooperación Financiera, Abastecimiento de Agua Potable y Alcantarillado en la ciudad de Potosí Biodiversidad y Areas Protegidas, Programa Nacional de Riego “PRONAR”, suscrito entre Bolivia y la República Federal de Alemania, en la ciudad de La Paz, el 2 de Abril de 1996.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis años.
Raúl Lema Patiño, Georg Prestel Kern, Walter Zuleta Roncal, Guido Capra Jemio, Imel Copa Velásquez, Ismael Morón Sánchez.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como ley de la República.
Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de octubre de mil novecientos noventa y seis años.
FDO. GONZALO SANCHEZ DE LOZADA, Antonio Araníbar Quiroga, José G. Justiniano Sandoval, Gonzalo Afcha de la Parra MINISTRO SUPLENTE DE HACIENDA, Freddy Teodovich Ortiz.