TEXTO DE CONSULTA
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LEY Nº 894

LEY DE 10 DE NOVIEMBRE DE 1986

 

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto el Honorable Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1. Organizar una comisión encargada de preparar y recopilar todos los documentos jurídicos, que permitan expropiar una superficie de 20 kilómetros cuadrados entre las poblaciones de Aroefilla, Tarapaya y Miraflores, provincia Frias del departamento de Potosí, destinada a la fundación de una “ciudad jardín de la Villa Imperial” capital del departamento.

 

Artículo 2. Dicha comisión presidida por el Prefecto del departamento, estará constituida por un representante de la Alcaldía Municipal, un representante de CORDEPO, un representante del Ministerio de Urbanismo y Vivienda, un representante de la Universidad Tomás Frías, un representante de la Corte Superior del Distrito, un representante del Instituto Geográfico Militar y un representante de la Superintendencia de Minas.

 

Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los seis días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.

 

Fdo. Ciro Humboldt B., Willy Vargas V., Jaime Villegas D., Alfredo Cuéllar V., Gonzalo Simbrón G., Fernando Kieffer.

Por tanto la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos ochenta y seis años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, Franklin Anaya Vásquez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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