TEXTO DE CONSULTA
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LEY N ° 692

LEY N° 692

LEY DE 30 DE DICIEMBRE DE 1984

 

HERNAN SILES ZUAZO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

Artículo 1.- Declárase de necesidad y prioridad nacional la construcción de un nuevo aeropuerto para la ciudad de La Paz, en su zona de influencia.

 

Artículo 2.- Encomiéndase al Poder Ejecutivo la elaboración de estudios de preinversión y posterior ejecución del proyecto, para lo cual se le autoriza gestionar préstamos nacionales e internacionales y convocar a las licitaciones respectivas de acuerdo a Ley.

 

Comuníquese al Poder Ejecutivo para fines constitucionales.

 

Es dado en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los dieciocho días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

Fdo. Heberto Castedo Lladó, Samuel Gallardo Lozada, Mario Rolón Anaya, Luis Pelaez Rioja, Guido Camacho Rodriguez, Jaime Villegas Duran.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de diciembre de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

FDO. HERNAN SILES ZUAZO, Antonio Añez Camacho.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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