LEY N° 640
LEY DE 20 DE SEPTIEMBRE DE 1984
HERNAN SILES ZUAZO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
Por cuanto, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo Único. De conformidad a la atribución 12° del artículo 59° de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Convenio Internacional del Café de 1983.
Pase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, 17 de septiembre de 1984.
Fdo. Julio Garrett Aillón, Samuel Gallardo Lozada, Luis Añez Alvarez, Mario Rolón Anaya, Guido Camacho Rodriguez.